Como sabrás, para obtener la nacionalidad española, debes superar estas dos pruebas, el CCSE y el DELE, pero, también, existen casos excepcionales para pedir una dispensa de dichos exámenes.
A través de esta entrada queremos explicar en qué consisten estas excepciones para no realizar los exámenes.
A través de los exámenes CCSE y DELE se pretende crear un sistema uniforme y homogéneo para todos aquellos extranjeros que quieren obtener un DNI y un pasaporte español. Recordemos:
- El CCSE: es un examen sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
- El DELE: es un examen de idioma español. Esta prueba solamente la deben superar aquellos extranjeros que no tengan como idioma materno el castellano.
Pero ¿estos exámenes se deben hacer en todos los casos? ¿Y si no sé leer ni escribir?
Aunque la norma general dicta que toda persona extranjera debe hacer estos dos exámenes, también contempla la posibilidad de pedir una dispensa de dichos exámenes para la nacionalidad española.
La Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, regula la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española y recoge las excepciones de realizar estos exámenes en su artículo 10:
(…)Las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente. Igualmente, podrán dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria. Ambos extremos deberán acreditarse mediante la oportuna documentación incorporada al expediente. (…)
Se puede solicitar una dispensa total o parcial en las siguientes situaciones:
- Las personas que hayan cursado y superado en España la ESO, FP, Bachiller o estudios universitarios.
- Las personas que no sepan leer o escribir.
- Candidatos que presenten alguna discapacidad, trastorno o dificultad ya sea permanente o transitoria (incluye a los mayores de 70 años).
- Los candidatos que se encuentren en situación de reclusión, como puede ser un hospital, centros religiosos o una prisión.
IMPORTANTE: Aquellas personas que han cursado y superado en España la ESO, NO tendrán que presentar una solicitud de Dispensa del CCSE y/o DELE al Instituto Cervantes. Podrán aportar copia de sus títulos al propio expediente de solicitud de Nacionalidad española; lo que simplifica este proceso.
Sin embargo, aquellas personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje deberán solicitar, obligatoriamente, la adaptación o la dispensa de los exámenes de nacionalidad española.
Algunas medidas de adaptación que pueden aplicar a estas pruebas son: más tiempo para poder hacer el examen, tener un examinador de apoyo, ofrecer el examen en braille o en lengua de signos, poder hacer dicho examen en una sala diferente al resto de compañeros, etc.
En el caso de las personas que no saben leer y escribir en castellano se puede solicitar una dispensa parcial o total:
- La dispensa parcial se aplica por analfabetismo funcional, que significa que el extranjero no sabe leer ni escribir en español, sí que lo entiende, además de saber leer y escribir en su idioma. Por lo tanto, la prueba se le hará de forma oral.
- La dispensa total se aplica por analfabetismo puro o total, que significa que el extranjero no sabe leer ni escribir en su lengua materna y ni tampoco en español.
Para ello, deben haber conseguido o gestionado previamente un Informe sobre el nivel de alfabetización emitido por el centro de alfabetización de su Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.
La dispensa se solicita al Ministerio de Justicia.
Esta solicitud se puede presentar:
- A través del Registro Electrónico habilitado por el Ministerio de Justicia.
- En cualquier Registro Público de Delegación o Subdelegación de Gobierno.
- Por correo postal.
Como con cualquier otra solicitud, deberá enviarse toda la documentación pertinente y se generará un resguardo de haber presentado la solicitud de dispensa al Ministerio de Justicia. Dicho Ministerio valorará cada caso y emitirá una resolución donde se acuerde la dispensa parcial o total de los exámenes.
¿Cómo puedo solicitar las medidas especiales en el examen DELE o CCSE?
A través de la página web del Instituto Cervantes se puede descargar un formulario en el que se deben cubrir los datos personales y las medidas que se solicitan para poder hacer correctamente el examen CCSE y/o DELE.
Este formulario se tiene que presentar en el mismo centro donde se examine junto con toda la documentación que justifique cada situación especial.
Si, te vale perfectamente, Saludos
Hola buenas tardes si tengo homologado el bachillerato en españa me vale para realizar la solicitud de dispensa
Por nuestra experiencia en casos similares al tuyo, te recomendariamos que solicites la dispensa, es mas seguro .
Si, en tu situacion puedes solicitar la dispensa para el CCSE perfectamente
Hola, claro que puedes solicitar la dispensa del examen CCSE.
Me hace falta la dispensa, o solo entregar los certificados con la solicitud
Buenos días, quería preguntar si tengo la ESO,bachillerato y estudios universitarios no terminado,
Hola. Soy peruano. Mi pregunta es la siguiente he realizado los estudios universitarios en españa concretamente en la universidad de Oviedo y vivo en esta ciudad ya cinco años. Tengo la residencia por ciudadano comunitario. Puedo solicitar la dispensa para el examen CCSE. Gracias
Buenas tardes Jaouad,
Gracias por escribirnos.
Para la obtención de la nacionalidad se deben cumplir varios requisitos, entre los que se encuentran los exámenes CCSE Y DELE:
DELE (diploma de español como lengua extranjera) del nivel A2, como mínimo.
CCSE (acredita el conocimiento de los valores históricos, constitucionales y socioculturales de España).
Comentarle que es muy recomendable que acuda a un abogado experto en extranjería para realizar su trámite de Nacionalidad. Los abogados, gestores administrativos y graduados sociales son los únicos profesionales habilitados para trabajar vía online con el Ministerio del Interior y/o Ministerio de Justicia y obtener las respuestas que necesitan con mayor celeridad.
Si desea más información, no dude en contactarnos. La primera consulta es gratuita y somos expertos en trámites de Extranjería.
Reciba un cordial saludo
GLC Abogados
Buenas tardes Jaouad,
Gracias por escribirnos.
Desde GLC Abogados, les recomendamos siempre que acudan a un abogado experto en extranjería para realizar su trámite de Nacionalidad. Los abogados, gestores administrativos y graduados sociales son los únicos profesionales habilitados para trabajar vía online con el Ministerio del Interior y/o Ministerio de Justicia y obtener las respuestas que necesitan con mayor celeridad.
Si desea más información, no dude en contactarnos, pues la primera consulta es gratuita.
Reciba un cordial saludo
GLC Abogados
Buenos días María,
Gracias por escribirnos y disculpe la tardanza.
Su madre tiene derecho a solicitar la nacionalidad española sin tener que realizar lo exámenes, como bien nos comenta. Es cierto, también, que el Ministerio de Justicia puede llegar a tardar mucho tiempo en responder a su solicitud.
En cualquier caso, desde GLC Abogados, les recomendamos siempre que acudan a un abogado experto en extranjería para realizar estos trámites. Los abogados, gestores administrativos y graduados sociales son los únicos profesionales habilitados para trabajar vía online con el Ministerio del Interior y/o Ministerio de Justicia y obtener las respuestas que necesitan con mayor celeridad.
Reciba un cordial saludo
GLC Abogados
Hola buenas no se si tengo que hacer el examen o no? A ver si me ayuden por favor yo he estado en un centro de acogida de menores un año y 3 meses y hecho un curso pero sin terminar en un cip en país Vasco. Ahora quiero solicitar la nacionalidad yo se leer bien y escribir que tengo que hacer por favor, llevo 22 años en España gracias
Hola buenas yo he estado en un centro de acogida de menores un año y 3 meses y hecho un curso pero sin terminar en un cip en país Vasco. Ahora quiero solicitar la nacionalidad yo se leer bien y escribir que tengo que hacer por favor, llevo 22 años en España gracias
Buenas tardes,
A partir del año legalmente casada, tu madre ya tiene derecho a solicitar la nacionalidad española. Por la edad, puede ser posible solicitar la dispensa de examen CCSE. De todas formas, el examen de Conocimientos Socio-Culturales (CCSE) es un examen de tipo test bastante accesible. No debería ocasionaros ningún trastorno el hacerlo, además, el Instituto Cervantes tiene una página web dónde podréis descargaros el material para realizar el examen. En cualquier caso, desde GLC Abogados, os recomendamos siempre que acudáis a un abogado experto en extranjería para realizar estos trámites. Los abogados, gestores administrativos y graduados sociales son los únicos profesionales habilitados para trabajar vía online con el Ministerio del Interior y/o Ministerio de Justicia.
Recibe un cordial saludo
GLC Abogados
Hola buenas tardes, mi pregunta es sobre mi madre, es colombiana y tiene 40 años casada con mi padre español de nacimiento. Queremos hacer el trámite de nacionalidad para ella y tiene 71 años recién cumplidos y no sabemos exactamente por donde empezar a realizar los trámites y de si es obligatoria la presentación del examen para ella.
Gracias.
Un saludo
Buenos días Yahya,
Gracias por contactar con nosotros.
Efectivamente, puede solicitar la dispensa por presentar alguna discapacidad, trastorno o dificultad, ya sea permanente o transitoria.
Como con cualquier otra solicitud, deberá enviar toda la documentación pertinente y se generará un resguardo de haber presentado la solicitud de dispensa al Ministerio de Justicia. Dicho Ministerio valora cada caso y emite una resolución donde se acuerda la dispensa parcial o total de los exámenes.
Sepa que puede solicitar que adapten los exámenes a sus necesidades personales. Algunas medidas de adaptación que pueden aplicar a estas pruebas son: más tiempo para poder hacer el examen, tener un examinador de apoyo, ofrecer el examen en braille o en lengua de signos, poder hacer dicho examen en una sala diferente al resto de compañeros, etc.
Si necesita ayuda profesional, ¡no dude en contactarnos! Somos especialistas en trámites de Extranjería.
Un saludo y muy buen día.
Muy buenas las personas con alguna descapacidad por ejemplo en tu caso tienes menusvalia auditiva o vocal estás extento a hacer el examen de nacionalidad los dos dele o csee que no estás obligado a hacer ningún examen de estos puedes presentar directamente en mjustica o registro civil o ventanilla única tu nacionalidad toda la documentación necesaria para la nacionalidad siempre justificando tu causa
documentación para la solicitud de la nacionalidad de mi madre de 72 años. Hemos realizado el acta notarial donde pedimos la dispensa de presentación de examenes ya que sufre de glaucoma, esta ya se ha radicado en el Min. Justicia. Mi pregunta es: ¿podemos continuar con el trámite de nacionalidad aportando este radicado? O debemos esperar a que se resuelva? Tenemos entendido que está tomando hasta un año la resolucion de una solicitud de dispensa
En espera de sus valiosos comentarios
Buenos días Andrea,
Gracias por escribirnos.
Efectivamente, aquellas personas que han cursado y superado en España la ESO, NO tendrán que presentar dicha solicitud de Dispensa al Instituto Cervantes, sino que podrán aportar copia de sus títulos al propio expediente de solicitud de nacionalidad española.
Le facilito el enlace al post en el cual explicamos los casos en los que se puede pedir la Dispensa: https://tramites.com.es/casos-dispensa-examenes-de-nacionalidad-espanola/
Nosotros siempre recomendamos que tramite su nacionalidad con un profesional cualificado que analice el caso en concreto para determinar la vía más correcta para presentarlo. y, también, porque obtenemos respuesta de los expedientes de nacionalidad mucho más rápido (en menos de un año tenemos respuesta). Muchos clientes acuden a nuestro despacho y nos traen expedientes que llevan parados hasta 6 años.
Esperamos que esta información le ayude en sus gestiones.
Estamos a su disposición para cualquier trámite relacionado con su solicitud de Nacionalidad. Somos especialistas en trámites de Extranjería.
Un saludo y muy buen día.
Buenos días!
Soy de nacionalidad rumana, he tramitado mi solicitud de nacionalidad española, y he cursado en bachillerato en España. He leído en su página que no hace falta pedir la dispensa al Ministerio, sino que adjuntando los justificantes del título es suficiente. Ahora bien, al hacerlo en la solicitud de la nacionalidad me sigue dando el error de que
‘No he aportado el nivel suficiente en las pruebas’ y no me deja enviar y firmarlo.
Me podrían aconsejar que debo hacer para poder enviar la solicitud correctamente ? O que solventar el error?
Muchas gracias
Buenos días Oswaldo,
Muchas gracias por su consulta.
Efectivamente, SÍ podrá solicitar la dispensa por ser mayor de 70 años, pues está exenta de realizar estas pruebas. El Instituto Cervantes considera «que haber cumplido la edad de 70 años justifica la existencia de una dificultad de aprendizaje sobrevenida que ampara la solicitud y consiguiente concesión de la dispensa.»
Comentarte que deberá acreditar dicha circunstancia presentando en el Ministerio de Justicia el correspondiente formulario con el certificado de nacimiento o documento equivalente que deberá estar legalizado, apostillado y debidamente traducido.
Sepa que es importante, también, que solicite y obtenga la dispensa antes de iniciar los trámites para la obtención de la nacionalidad española.
Esperamos que esta información le ayude. Si lo desea, podemos ayudarle en sus trámites; puede enviarnos más información a través de cualquiera de los medios que le facilitamos en este blog y estaremos a su disposición.
Un saludo y muy buen día.
buenos días
Uma persona brasileña con 72 años, que vive en España con visado de residencia ya hace 3 años, solicita la nacionalidad española. ¿Ella estará dispensada del examen DELE y de conocimientos?
gracias
Buenas tardes,
Si. Su marido puede solicitar la dispensa del examen CCSE con el título de Educación secundaria.
Cualquier cuestión, no dude en consultarnos.
Gracias
Buenas tardes,
Si. Puedes solicitar la nacionalidad española aportando la solicitud de dispensa y los títulos.
Cualquier cuestión, no dudes en consultarnos.
Gracias
Buenas tardes ,
Espero puedan ayudarme con mi pregunta. Mi esposo obtuvo hace dos años en un centro publico de educación de personas adultas el titulo de Educación Secundaria para Adultos
¿El podría solicitar la dispensa de la prueba CCSE?. Muchas gracias de antemano.
Buenos días,
Me gustaría solicitar la nacionalidad española por residencia, soy de Brasil.
He realizado este año el examen CCSE y me gustaría obtener la dispensa del examen DELE, ya que hablo perfectamente castellano.
He cursado en España Bachillerato, grado universitario y máster.
He solicitado la dispensa del examen al Ministerio de Justicia hace meses y aún no me ha llegado ninguna resolución.
Me gustaría saber si puedo solicitar la nacionalidad adjuntando mis títulos o si me es imprescindible la dispensa del examen DELE por parte del Ministerio.
Buenos días Gurpreet,
Muchas gracias por escribirnos con su consulta.
Efectivamente, como publicamos en esta entrada a la que hace alusión: «Aquellas personas que han cursado y superado en España la ESO, un FP, el Bachillerato o estudios universitarios; NO tendrán que presentar una solicitud de Dispensa del CCSE y/o DELE al Instituto Cervantes.»
Es decir, para solicitar su Nacionalidad, no tiene que solicitar la Dispensa al Instituto Cervantes; puede aportar, directamente, una copia de dichos títulos oficiales (ESO, FP, Bachiller o estudios universitarios) al propio expediente de Nacionalidad española.
Esperamos que esta información le ayude en sus gestiones. Estamos a su disposición para cualquier trámite relacionado con su solicitud de Ncaionalidad.
Saludos y muy buen día
Hola
Primero de todo muchas gracias por la información facilitada.
y en segundo lugar, tenia una preguntar, tengo mis estudios hechos en España, específicamente, ESO y Bachillerato y ahora estoy cursando el grado superior. Entonces como he leído, no hace falta pedir la dispensa? Pero en el documento de solicitud de dispensa hay una opción donde pone que pedir la dispensa por nacionalidad. Es lo que no acabo de entender bien. Presentar ese documento en ministerio de justicia o no? O presentar directamente la solicitud de nacionalidad con la copia de titulo y ya esta.
Espero la respuesta, gracias
Buenos días Iva,
Muchas gracias por escribirnos con su consulta.
Sepa que la solicitud de Dispensa de los exámenes para la Nacionalidad se solicita en el Ministerio de Justicia y se debe presentar en el Instituto Cervantes con la pertinente documentación que la acredite.
La Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, regula la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española y recoge las excepciones de realizar estos exámenes en su artículo 10:
(…)Las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente. Igualmente, podrán dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria. Ambos extremos deberán acreditarse mediante la oportuna documentación incorporada al expediente. (…)
IMPORTANTE: Aquellas personas que han cursado y superado en España la ESO, NO tendrán que presentar dicha solicitud de Dispensa al Instituto Cervantes, sino que podrán aportar copia de sus títulos al propio expediente de solicitud de nacionalidad española.
Le facilito el enlace al post en el cual explicamos los casos en los que se puede pedir la Dispensa: https://tramites.com.es/casos-dispensa-examenes-de-nacionalidad-espanola/
Esperamos que esta información le ayude en sus gestiones. Estamos a su disposición para cualquier trámite relacionado con su solicitud de Ncaionalidad.
Saludos y muy buen día
Buenas, tengo una duda. En la sede electrónica del ministerio, en el registro, ¿a qué órgano debe de ir dirigida la solicitud?
Muchas gracias
Buenos días Hassan,
Gracias por contactar con nosotros y consultárnoslo.
Efectivamente, te confirmamos que, para esta situación tienes la opción de solicitar una Dispensa de ambos exámenes (CCSE y DELE).
Para que nos aprueben la Dispensa, se debe realizar una Acreditación Notarial. Sepas que u caso se soluciona de forma parecida a la de un analfabeto.
Seguimos con tu caso para que tu solicitud de nacionalidad avance sin más requerimientos y se resuelva de forma favorable pronto.
Nos pondremos en contacto contigo, personalmente, lo antes posible y te daremos más información al respecto.
Un saludo y muy buen día.
Buenos días Hassan,
Gracias por contactar con nosotros y consultárnoslo.
Efectivamente, te confirmamos que, para esta situación tienes la opción de solicitar una Dispensa de ambos exámenes (CCSE y DELE).
Para que nos aprueben la Dispensa, se debe realizar una Acreditación Notarial. Sepas que u caso se soluciona de forma parecida a la de un analfabeto.
Seguimos con tu caso para que tu solicitud de nacionalidad avance sin más requerimientos y se resuelva de forma favorable pronto.
Nos pondremos en contacto contigo, personalmente, lo antes posible y te daremos más información al respecto.
Un saludo y muy buen día.
ahora necicitu abogado para trayme indulto de examen
ola buenas tardes soy sordo mudo de marruecos tienpo que nasido 1954 no hay colegio de sordos asta 2000 hay colegios para estudiar lengua de siglos no hay lengua de siglos extranjera ya manda una carta sobre nacionalidad española donde estudiar lengua de siglos tengo 67 años