El Juzgado de Primera Instancia nº 13 (Sección Civil) de Vigo ha dictado la Sentencia nº 46/2026, de 12 de febrero de 2026, en el procedimiento de Juicio Verbal nº 858/2025, estimando íntegramente la demanda interpuesta frente a Banco Cetelem, S.A.U..

La resolución declara la nulidad radical y absoluta de las cláusulas relativas a los intereses remuneratorios y al sistema “revolving” contenidas en el contrato de tarjeta de crédito suscrito el 25 de abril de 2019, así como la nulidad del propio contrato.

🔎 Fundamentos de la sentencia

El Juzgado concluye que:

Nos encontramos ante un contrato de adhesión con condiciones generales de la contratación no negociadas individualmente.

La cláusula que regula los intereses remuneratorios, aun siendo elemento esencial del contrato, no supera el control de incorporación y transparencia.

La información sobre el funcionamiento del sistema “revolving” no aparece destacada ni explicada con la claridad exigida por la normativa de protección de consumidores.

La falta de transparencia impide considerar válidamente incorporada la cláusula, lo que determina la nulidad del contrato en su conjunto.

En consecuencia, la sentencia condena a la entidad financiera a:

Devolver todas las cantidades abonadas que excedan del capital efectivamente dispuesto,

Más los intereses legales desde la fecha de cada pago indebido, conforme al artículo 1.303 del Código Civil,

Con expresa condena en costas a la entidad demandada.

⚖️ Una resolución que refuerza la protección del consumidor

Esta importante resolución judicial pone de relieve la exigencia de transparencia real en los contratos de tarjeta revolving y consolida la doctrina que protege al consumidor frente a cláusulas predispuestas que no permiten comprender adecuadamente la carga económica asumida.

👩‍⚖️ Dirección letrada: María José López Santana – GLC Abogados

El procedimiento ha sido dirigido por Dª. María José López Santana, letrada de GLC Abogados, cuya estrategia jurídica se centró en:

La correcta articulación del control de transparencia material.

La aplicación de la normativa de condiciones generales de la contratación.

La consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE en materia de contratos con consumidores.

La fundamentación técnica que permitió acreditar la falta de información clara sobre el funcionamiento del sistema revolving.

El resultado: estimación íntegra de la demanda, nulidad del contrato y condena en costas a la entidad bancaria.

En GLC Abogados continuamos defendiendo con firmeza los derechos de los consumidores frente a prácticas bancarias abusivas.